Artículo 58. Medidas para la accesibilidad.
Artículo 58 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía. · BOE-A-2018-1548
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-05.
Texto consolidado
La Administración de la Junta de Andalucía incorporará en los distintos procesos de participación las medidas de accesibilidad física, sensorial y cognitiva y de adaptación de medios y lenguajes a las distintas discapacidades, en cumplimiento de la normativa existente en materia de accesibilidad y respondiendo al principio de facilidad y comprensión.