Artículo 58. Reconocimiento institucional de la presencia de las víctimas.
Artículo 58 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2011-15039
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-23.
Texto consolidado
Se velará por destacar la presencia protocolaria y el reconocimiento social de las víctimas del terrorismo en todos los actos institucionales que les afecten.