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Ley Derogada

Artículo 58. Publicidad de las normas.

Artículo 58 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón. · BOE-A-2009-9390

Atención: Ley 2/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las leyes, normas con rango de ley y disposiciones reglamentarias deberán publicarse en el "Boletín Oficial de Aragón" para que produzcan efectos jurídicos y entrarán en vigor a los veinte días desde su completa publicación, salvo que en ellos se establezca un plazo distinto.

2. Las leyes y normas con rango de ley deberán, además, ser publicadas en el "Boletín Oficial del Estado".

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-22.

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