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Ley Vigente

Artículo 58. Sanciones por infracciones muy graves.

Artículo 58 de la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de ordenación del transporte de personas por carretera en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2006-3158

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Texto consolidado

Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 2.001 a 6.000 euros. En caso de reiteración de infracciones muy graves estas se sancionarán con multa de hasta 18.000 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

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