Artículo 58. Funciones de la presidenta o presidente del consejo de administración.
Artículo 58 de la Ley 13/2023, de 30 de noviembre, de Salud Pública de Euskadi. · BOE-A-2023-26638
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-01.
Texto consolidado
1. Son funciones de la presidenta o presidente del consejo de administración del Instituto Vasco de Salud Pública:
a) Asumir la representación institucional del Instituto, sin perjuicio de las funciones de representación del director o directora.
b) Convocar las reuniones del consejo de administración, dirigirlas y dirimir los empates con el voto de calidad.
2. La presidenta o presidente del consejo de administración del Instituto Vasco de Salud Pública podrá delegar expresamente las funciones representativas que crea oportunas en la persona que ostente la vicepresidencia primera.