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Real Decreto Vigente

Artículo 57. Requisitos de la solicitud.

Artículo 57 del Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones. · BOE-A-2015-11429

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-01.

Texto consolidado

1. La solicitud de incorporación o separación a federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones debe contener los siguientes datos específicos:

a) Denominación exacta de la entidad federativa y su domicilio.

b) Número de inscripción de la entidad federativa en el Registro Nacional de Asociaciones.

c) Denominación, domicilio y número de inscripción de la asociación que se incorpora o separa, asignado por el correspondiente registro de asociaciones.

d) Descripción de la documentación que se acompaña a la solicitud.

2. La solicitud de incorporación o separación a entidades internacionales debe contener los siguientes datos específicos:

a) Denominación exacta de la entidad asociativa y domicilio.

b) Número de inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones.

c) Identificación exacta de la entidad internacional de pertenencia.

d) Descripción de la documentación que se acompaña a la solicitud.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-01.

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