Artículo 57. Clasificación.
Artículo 57 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears. · BOE-A-2012-10610
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-22.
Texto consolidado
1. Las actividades de intermediación turística se clasifican en los siguientes tipos:
a) Agencias de viajes.
b) Mediadores turísticos.
c) Centrales de reservas.
2. Reglamentariamente se establecerán los requisitos exigibles a las empresas de intermediación turística.