Artículo 57. Medidas complementarias.
Artículo 57 de la Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria. · BOE-A-2019-6774
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.
Texto consolidado
1. Cuando el infractor no cumpla una obligación impuesta como sanción accesoria, o lo haga de forma incompleta, podrán imponerse multas coercitivas a fin de que se cumpla íntegramente la sanción establecida.
2. Las multas coercitivas se impondrán con una periodicidad de tres meses hasta el cumplimiento total de la sanción a que se refieran y su importe no podrá ser superior a 100 euros al día.
3. Las multas coercitivas serán independientes y compatibles con las multas que procedan como sanción por la infracción cometida.