El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 57. Sanciones.

Artículo 57 de la Ley 5/2019, de 9 de abril, de la Lectura y de las Bibliotecas de Canarias. · BOE-A-2019-6773

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.

Texto consolidado

1. Las infracciones previstas en la presente ley darán lugar a la imposición de las siguientes sanciones:

A) Sanciones principales:

a) Apercibimiento: procederá en los supuestos de infracciones leves, cuando no exista reincidencia.

b) Multa:

– Infracciones muy graves: multa de 1001 a 3000 euros.

– Infracciones graves: multa de 501 euros a 1000 euros.

– Infracciones leves: apercibimiento o multa de hasta 500 euros.

B) Será considerada como sanción accesoria la retirada del carné de la persona usuaria por el plazo de seis meses, en caso de infracción muy grave, tres meses, en el de las infracciones graves, y de un mes, en el caso de las infracciones leves.

2. Carece de naturaleza sancionadora la expulsión de una persona usuaria de una biblioteca en los supuestos de grave alteración del orden en la prestación del servicio.

3. Las responsabilidades administrativas que se deriven de la comisión de una infracción serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como con la indemnización por los daños y perjuicios causados, que será determinada y exigida por el órgano al que corresponda el ejercicio de la potestad sancionadora. De no satisfacerse la indemnización en el plazo que al efecto se determine en función de su cuantía, se procederá en la forma prevista en el artículo 101 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-23.

Más artículos de Ley 5/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.