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Ley Derogada

Artículo 57. Contenido de la Declaración.

Artículo 57 de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10725

Atención: Ley 5/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Declaración de un suelo contaminado incluirá, al menos, los siguientes aspectos:

a) Delimitación del suelo contaminado.

b) Usos que no podrán realizarse en el mismo mientras subsista la Declaración.

c) Operaciones de limpieza y recuperación que deban ejecutarse, en función de los usos previstos en el planeamiento urbanístico vigente.

d) Los sujetos obligados a realizar las operaciones de limpieza y recuperación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-01.

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