Artículo 57. Definición de cazador/a.
Artículo 57 de la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia. · BOE-A-2014-887
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-28.
Texto consolidado
Es cazador/a quien ejercita la acción de cazar, reuniendo los requisitos exigidos por las leyes y disposiciones de aplicación para ello.
Sección 1.ª Requisitos para el ejercicio de la caza