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Ley Vigente

Artículo 57. Creación del artículo 23 ter de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

Artículo 57 de la Ley 1/2015, de 10 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2015-2340

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-12.

Texto consolidado

Se crea el artículo 23 ter de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura que queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo 23 ter. Embargo de dinero en cuentas a la vista abiertas en entidades de crédito.

El embargo de fondos, valores u otros bienes entregados o confiados a una entidad de crédito, en los términos establecidos por el artículo 171 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en relación con las deudas tributarias cuya recaudación en periodo ejecutivo tenga encomendada la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se realizará siempre por proceso telemático, con independencia del importe de la deuda que motive dicha actuación.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-12.

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