Artículo 57 bis. Garantía de pago en el ejercicio de competencias delegadas.
Artículo 57 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local · BOE-A-1985-5392
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-08.
Texto consolidado
(Anulado)
Se declara inconstitucional y nulo, en la redacción dada por el art. 1.17 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, por Sentencia del TC 41/2016, de 3 de marzo. Ref. BOE-A-2016-3407.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-3407.