Artículo 56. Juicios rápidos y juicios por delitos leves.
Artículo 56 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
Por la tramitación completa en los juicios rápidos y juicios por delitos leves percibirán los profesionales de la Procura por su intervención, cualquiera que sea el concepto en el que comparezca y sin perjuicio de lo que corresponda por el ejercicio de la acción civil, como máximo la cantidad de 55,00 euros.