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Real Decreto Derogada

Artículo 56. Plazos.

Artículo 56 del Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español. · BOE-A-2009-3428

Atención: Real Decreto 244/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, con las Comunidades Autónomas afectadas, fijará los plazos y las condiciones de entrega necesarias para llevar a cabo esta destilación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-02-28.

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