Artículo 56. Impulso a la innovación y calidad: acciones y medidas.
Artículo 56 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. · BOE-A-2011-13118
Atención: Real Decreto 1147/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ministerio de Educación impulsará junto con las Administraciones educativas, acciones y medidas dirigidas a:
a) Incentivar el esfuerzo de los centros para la mejora de los niveles de calidad como contribución a la excelencia en el ámbito de la formación profesional.
b) Promover la colaboración con las empresas de los diferentes sectores productivos para potenciar la innovación, la transferencia de conocimiento y la especialización en materia de formación profesional.
c) Potenciar la innovación en aspectos didácticos, tecnológicos, de orientación e inserción profesional.
d) Desarrollar las actuaciones necesarias para incrementar la participación de estudiantes, trabajadores, profesorado y formadores en programas de movilidad nacional e internacional.
e) Promover planes de formación específicos para el profesorado y formadores de formación profesional de las distintas familias profesionales.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.