Artículo 56.
Artículo 56 de la Orden de 25 de abril de 1973 por la que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de Actividades Subacuáticas en las Aguas Marítimas e Interiores. · BOE-A-1973-990
Atención: BOE-A-1973-990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Además de las condiciones restrictivas expresadas en los artículos 54 y 55 de la presente Orden de la Presidencia del Gobierno, todo Buzo o Buceador deberá conocer lo dispuesto en los artículos 18, 19, 20, 21, 22 y 27 del Decreto 2055/1969.