Artículo 56. Concepto.
Artículo 56 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. · BOE-A-2023-16066
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-14.
Texto consolidado
1. La carrera vertical consiste en el ascenso en la estructura de puestos de trabajo mediante la obtención, con carácter definitivo a través de la provisión por los procedimientos ordinarios establecidos en el artículo 124 de esta ley, de puestos de trabajo que, según su clasificación, pueden conllevar una mayor responsabilidad, dedicación o dificultad técnica.
2. La carrera vertical se desplegará dentro de un mismo grupo o subgrupo de clasificación.
3. En la carrera vertical se requerirá el cumplimiento de todos aquellos requisitos exigidos para la cobertura del puesto de trabajo.