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Ley Derogada

Artículo 56. Del anillamiento científico.

Artículo 56 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón. · BOE-A-2002-9244

Atención: Ley 5/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Todo cazador queda obligado a entregar al Departamento responsable de medio ambiente las anillas y marcas de las aves que hayan sido abatidas por él.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-07.

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