Artículo 56. Especificaciones de infracciones o sanciones.
Artículo 56 de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón. · BOE-A-2015-5328
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.
Texto consolidado
Reglamentariamente podrán introducirse especificaciones o graduaciones al cuadro de infracciones o sanciones previstas en esta ley que, sin constituir nuevas infracciones o sanciones, ni alterar la naturaleza o límites de las tipificadas en esta ley, permitan una mejor identificación del tipo de la infracción o mayor precisión de la sanción que corresponda imponer.