El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 56. Estructura del Consejo de Servicios Sociales de las Illes Balears.

Artículo 56 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. · BOE-A-2009-11186

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-18.

Texto consolidado

1. El Consejo de Servicios Sociales de las Illes Balears se estructura en los siguientes órganos:

a) El presidente o la presidenta.

b) El pleno.

c) Las comisiones funcionales.

d) Las comisiones sectoriales.

2. El pleno trata de las materias estratégicas más importantes para el sistema de servicios sociales, especialmente de las relacionadas con la planificación y los presupuestos.

3. Las comisiones funcionales siguen, de una manera permanente, el desarrollo de la gestión y la programación de los servicios sociales.

4. Las comisiones sectoriales tratan, de una manera especializada, de la planificación, la programación y el ordenamiento de sectores concretos de los servicios sociales.

5. El número y las funciones de las comisiones se determinarán en el reglamento de régimen interno que apruebe el pleno, el cual, asimismo, regulará la relación con el pleno y las comisiones. También se pueden crear comisiones temporales para deliberar sobre proyectos concretos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-08-18.

Más artículos de Ley 4/2009

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.