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Ley Vigente

Artículo 56.

Artículo 56 de la Ley 4/1997, de 10 de julio, de Cajas de Ahorro de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1997-21911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-19.

Texto consolidado

1. Corresponden al Director general o asimilado las funciones que le atribuyan los Estatutos de la Caja de Ahorros, las que le delegue el Consejo de Administración o le encomiende el propio Consejo de Administración. En el ejercicio de sus funciones el Director general o asimilado actuará bajo la superior autoridad del Consejo de Administración.

2. Los Estatutos de las Cajas de ahorros establecerán los supuestos de sustitución temporal del Director general o asimilado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-07-19.

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