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Ley Derogada

Artículo 56. Adjudicación del contrato en la subasta electrónica.

Artículo 56 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. · BOE-A-2007-18875

Atención: Ley 31/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Una vez concluida la subasta electrónica, las entidades contratantes adjudicarán el contrato en función de los resultados obtenidos durante la subasta electrónica de acuerdo con los criterios de adjudicación del contrato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-04-30.

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