Artículo 56. Recurso de reposición.
Artículo 56 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.
Texto consolidado
Contra los actos dictados por los órganos de la Administración de la Comunidad en las materias a que se refiere esta sección se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que hubiera dictado el acto impugnado, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible. La tramitación y resolución del recurso se regirá por lo dispuesto en la Ley General Tributaria.