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Ley Derogada

Artículo 56. Impugnación de los acuerdos de la Junta General.

Artículo 56 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada. · BOE-A-1995-7240

Atención: Ley 2/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La impugnación de los acuerdos de la Junta General se regirá por lo establecido para la impugnación de los acuerdos de la Junta General de accionistas en la Ley de Sociedades Anónimas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-06-01.

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