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Real Decreto Vigente

Artículo 55. Tutoría y designación de tutores.

Artículo 55 del Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria. · BOE-A-1996-3834

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-02-22.

Texto consolidado

1. La tutoría y orientación de los alumnos forma parte de la función docente.

2. En los institutos de educación secundaria habrá un tutor por cada grupo de alumnos. El tutor será designado por el director, a propuesta del jefe de estudios, entre los profesores que impartan docencia al grupo.

3. El jefe de estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-02-22.

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