Artículo 55. Estado de liquidación del Presupuesto consolidado.
Artículo 55 de la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, por la que se aprueban las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público. · BOE-A-2013-8558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-08-04.
Texto consolidado
El Estado de liquidación del Presupuesto consolidado, comprende, con la debida separación, la liquidación consolidada del Presupuesto de gastos y del Presupuesto de ingresos, así como el Resultado presupuestario consolidado de las entidades del grupo que tengan presupuesto limitativo.