Artículo 55. Personal auxiliar de apoyo al puesto de funcionario con habilitación de carácter estatal sostenido en común por municipios que estén asociados a una mancomunidad de interés general.
Artículo 55 de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2013-11339
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-21.
Texto consolidado
En el supuesto del sostenimiento en común del puesto único de funcionario con habilitación de carácter estatal para diversos municipios que estén asociados a una mancomunidad de interés general, derivado de un proceso de reestructuración, podrán crearse, de acuerdo con la legislación del Estado y en atención a las necesidades del servicio, puestos de trabajo de auxiliar de apoyo al puesto de funcionario con habilitación de carácter estatal que podrán estar sometidos a condiciones de movilidad, y en los que se ejercerán funciones de carácter administrativo.
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