Artículo 55. Clasificación de infracciones.
Artículo 55 de la Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria. · BOE-A-1999-10364
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-26.
Texto consolidado
Las infracciones administrativas en materia de turismo se clasifican como leves, graves o muy graves.