Artículo 55. Medidas de fomento.
Artículo 55 de la Ley 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria. · BOE-A-2006-15162
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-08-03.
Texto consolidado
La Consejería competente podrá conceder subvenciones y ayudas o adoptar otras medidas de fomento encaminadas a la protección y conservación de las especies cinegéticas y sus hábitats, a la prevención de daños, a la aplicación de códigos de buenas prácticas cinegéticas y a la puesta en marcha de sistemas de certificación de la calidad cinegética.