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Real Decreto Vigente

Artículo 54. Circunstancias de exclusión para solicitar destinos.

Artículo 54 del Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2019-11398

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-04.

Texto consolidado

Con independencia de las condiciones de carácter general para la solicitud de destinos, no podrán solicitar vacantes quienes hubieran sido condenados por sentencia firme a cualquiera de las penas de suspensión de empleo o cargo público, o de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, hasta tanto las hubieren extinguido; o quienes se hallaren sujetos a cualquier medida de seguridad incompatible con el desempeño de sus cometidos profesionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-08-04.

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