Artículo 54. Convocatorias.
Artículo 54 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante. · BOE-A-2022-6047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-13.
Texto consolidado
Las pruebas de idoneidad se convocarán por resolución del Director General de la Marina Mercante, para cada título profesional que las requiera, al menos dos veces al año, en los lugares donde allí se especifique. La resolución indicará expresamente los documentos que deben acompañar a la solicitud de admisión.