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Ley Foral Derogada

Artículo 54. Solicitud.

Artículo 54 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental. · BOE-A-2005-7356

Atención: Ley Foral 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La solicitud de licencia municipal para las actividades incluidas en el Anejo 4.C se dirigirá al Ayuntamiento en cuyo término se ubique la actividad clasificada, acompañada de la documentación que se determine reglamentariamente y que, en todo caso, comprenderá una descripción de la actividad, su incidencia ambiental y las medidas correctoras propuestas, debiendo justificarse expresamente el cumplimiento de la normativa sectorial vigente correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-01.

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