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Ley Vigente

Artículo 54. Disposiciones comunes.

Artículo 54 de la Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cantabria. · BOE-A-2002-915

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-16.

Texto consolidado

1. La prescripción y la caducidad podrán ser alegadas por los interesados en los procedimientos, en cualesquiera de los momentos en que éstos se encuentren.

2. Si se produjera la prescripción o la caducidad, el órgano competente en la materia ordenará la apertura de las oportunas diligencias para determinar el grado de responsabilidad del funcionario o los funcionarios causantes de la demora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-16.

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