Artículo 54. Sanciones pecuniarias y su graduación.
Artículo 54 de la Ley 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria. · BOE-A-2015-683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-30.
Texto consolidado
1. Las infracciones tipificadas en la presente ley serán sancionadas con multa en las siguientes cuantías:
a) Las infracciones leves con multa de 100 euros a 3.000 euros.
b) Las infracciones graves con multa de 3.001 euros a 15.000 euros.
c) Las infracciones muy graves con multa de 15.001 euros a 90.000 euros.
2. En la graduación de la sanción se tendrá especialmente en cuenta el daño producido, el enriquecimiento injusto obtenido, la existencia de intencionalidad o reiteración y la reincidencia por término de tres años en más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarada por resolución firme.