Artículo 54. Remisión de acuerdos.
Artículo 54 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid. · BOE-A-2006-12057
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-25.
Texto consolidado
El Ayuntamiento de Madrid remitirá a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid copia de los acuerdos que adopte el Pleno, en los plazos y formas que se determinen reglamentariamente. Los acuerdos que adopten los órganos del gobierno municipal y los órganos directivos serán remitidos a las referidas Administraciones previo requerimiento de las mismas.