Artículo 54. Competencias de las Mancomunidades de Municipios.
Artículo 54 de la Ley 15/2002, de 11 de julio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos. · BOE-A-2002-18104
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-24.
Texto consolidado
Las Mancomunidades que, conforme al artículo 44 de esta Ley, cuenten con planes locales de drogas tendrán las competencias y responsabilidades que se señalan en el apartado 2 del artículo anterior, pero referidas en este caso al ámbito de la Mancomunidad.