Artículo 54. Personas destinatarias.
Artículo 54 del Decreto-ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears. · BOE-A-2020-8013
Atención: Decreto-ley 10/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Tienen derecho a ser beneficiarias de esta Renta las personas que han sido sometidas a tutela o guarda por la entidad pública de protección de menores competente en las Illes Balears, que cumplan los requisitos que establece el artículo siguiente y que sigan con aprovechamiento su Proyecto Educativo Individual (PEI), subscrito por un funcionario de la consejería competente en materia de servicios sociales y la persona solicitante.