Artículo 53. Toma de posesión.
Artículo 53 del Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos. · BOE-A-1996-11543
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-13.
Texto consolidado
En el plazo máximo de diez días de la proclamación, se constituirá la Junta elegida, tomando posesión de sus cargos los miembros electos o, en su caso, el delegado de la Delegación, dirigiéndose comunicación en tal sentido al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a todos los colegiados.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-13434.