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Real Decreto Derogada

Artículo 53.

Artículo 53 del Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de explosivos. · BOE-A-1998-5934

Atención: Real Decreto 230/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Como defensas o protecciones podrán utilizarse accidentes naturales del terreno, muros, terraplenes, merlones o cavidades artificiales.

2. Cuando la defensa o protección se establezca a base de terraplenes, podrá estar cubierta de material, natural o artificial, que garantice, en su caso, el perfil de aquélla.

3. En los proyectos a que se refiere el capítulo I de este Título se justificará la no construcción, en su caso, de las mencionadas defensas o protecciones, o las características de las mismas, caso de que se construyan, debiéndose de tener en cuenta, en este supuesto, las recomendaciones relativas a su construcción, que se contienen en la instrucción técnica complementaria número 13.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-05-11.

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