Artículo 53. Gestión de calidad.
Artículo 53 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. · BOE-A-2007-19819
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-31.
Texto consolidado
Las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía adoptarán sistemas de gestión de calidad en el desarrollo de las actividades que tienen atribuidas.
Asimismo, implantarán sistemas de gestión de calidad en la producción de bienes y prestación de servicios, incluidos los de naturaleza medioambiental.