Artículo 53. Caza con fines científicos.
Artículo 53 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja. · BOE-A-2022-11228
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-29.
Texto consolidado
La consejería competente podrá autorizar, con fines científicos o de investigación, la caza de gestión de especies cinegéticas en lugares y épocas prohibidos, el marcado de ejemplares y la recogida de huevos, pollos o crías.
La persona que practicando la caza cobre una pieza portadora de anilla deberá comunicar los datos de la anilla a la consejería competente en materia de caza.