Artículo 53. Acción honorífica de la Junta de Andalucía.
Artículo 53 de la Ley 6/2018, de 9 de julio, del Cine de Andalucía. · BOE-A-2018-10996
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-14.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia de cultura podrá establecer premios, honores y recompensas a personas y entidades, públicas y privadas, del ámbito de la industria cinematográfica y audiovisual en reconocimiento a los méritos que específicamente se determinen, y que tendrán en cuenta, entre otros criterios, la promoción de los valores culturales y sociales de Andalucía, así como la contribución al fomento de la igualdad de género. La concesión de estos premios podrá realizarse mediante jurado formado por personas de reconocido prestigio en el ámbito de la cultura.