Artículo 53. Régimen jurídico.
Artículo 53 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-2004-741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-12.
Texto consolidado
Los actos, negocios y, en general, relaciones jurídicas que se deriven de las actuaciones económicas de las entidades oferentes cuya contraprestación haya de calificarse como precio privado con arreglo al artículo 49 se regirán por las normas de ordenación jurídica privada que resulten de aplicación.