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Ley Vigente

Artículo 53. Obligaciones de los titulares de los montes.

Artículo 53 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. · BOE-A-2003-21339

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-22.

Texto consolidado

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, los titulares de los montes están obligados a comunicar la aparición atípica de agentes nocivos a los órganos competentes de las comunidades autónomas y a ejecutar o facilitar la realización de las acciones obligatorias que éstos determinen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-02-22.

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