Artículo 53. Creación, naturaleza y finalidades.
Artículo 53 de la Ley 4/2017, de 12 de julio, de Industria de las Illes Balears. · BOE-A-2017-10495
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-21.
Texto consolidado
1. Se crea la Comisión de Seguridad Industrial de las Illes Balears como órgano colegiado de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, de naturaleza consultiva y de participación en materia de seguridad industrial, relacionado con las siguientes áreas:
Instalaciones de baja tensión.
Instalaciones térmicas.
Instalaciones de protección contra incendios.
Instalaciones de aparatos de presión.
Instalaciones de gas.
Instalaciones de productos petrolíferos líquidos.
Instalaciones de almacenaje de productos químicos.
Instalaciones frigoríficas.
Aparatos elevadores.
Registro Industrial.
Inspecciones técnicas de vehículos.
2. La Comisión tiene como finalidades estimular el consenso y la unidad de acción en materia de seguridad y de industria.