Artículo 53. Prescripción de las sanciones.
Artículo 53 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-28.
Texto consolidado
Las sanciones prescribirán por el transcurso de los siguientes plazos:
a) Las impuestas por infracciones leves: un año.
b) Las impuestas por infracciones graves: dos años.
c) Las impuestas por infracciones muy graves: tres años.