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Ley Vigente

Artículo 53. Patrocinio y mecenazgo.

Artículo 53 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.

Texto consolidado

1. La Administración Regional podrá gestionar la obtención de patrocinios para el sostenimiento ordinario de sus instituciones museísticas o de cualquier otra que forme parte del Sistema de Museos de Castilla-La Mancha.

2. Igualmente, la Administración Regional podrá gestionar la obtención de patrocinios para la financiación total o parcial de proyectos específicos relacionados con los fines de la institución museística de que se trate, siempre que forme parte del Sistema de Museos de Castilla-La Mancha.

3. Las aportaciones de patrocinio y mecenazgo quedarán reflejadas en los correspondientes convenios de colaboración, y serán comunicadas a la Consejería competente en materia de museos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-17.

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