Artículo 52. Órganos.
Artículo 52 del Real Decreto 327/2002, de 5 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior. · BOE-A-2002-7587
Atención: Real Decreto 327/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Son órganos del Consejo Superior:
a) La Asamblea.
b) El Pleno de Consejeros.
c) El Presidente.
2. El Pleno de Consejeros elegirá, entre sus miembros, los cargos de Vicepresidente y Tesorero. Además podrá elegir un Vicepresidente segundo.