Artículo 52. Naturaleza y nombramiento.
Artículo 52 de la Orden ESD/3669/2008, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar del Estado. · BOE-A-2008-20394
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-18.
Texto consolidado
1. La Secretaría General, con nivel de Subdirección General, es el órgano administrativo al que corresponde la gestión de los asuntos del Consejo y la asistencia al mismo.
2. El Secretario General será nombrado por el Ministro de Educación, Política Social y Deporte, oído el Presidente del Consejo, entre funcionarios pertenecientes a Cuerpos y Escalas para cuyo acceso se exija el Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
3. El Secretario general tomará posesión ante el Presidente del Consejo.